ESEF en el avance digital

¿Qué supone el formato de informe unitario de la UE para las empresas?

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El Parlamento Europeo ha publicado una normativa en la que los informes financieros anuales hasta ahora irregulares, individuales e impresos deben publicarse en un formato uniforme y electrónico, el ESEF (European Single Electronic Format). Se ven afectadas las empresas con cotización oficial cuyo ejercicio económico empiece el 01/01/2020 o más tarde. Es obligatoria la publicación de las cuatro partes del informe de estados financieros consolidados de NIIF: Balance, estado del resultado global, estado de cambios en el patrimonio neto y estado de flujos de efectivo. Además deben añadirse también algunos datos de la empresa fundamentales. Para los datos en el anexo y en el informe de situación se aplica un plazo de transición más largo hasta el 01/01/2022.

Los estados financieros individuales a nivel nacional se encuentran por ahora eximidos de la obligación de publicación en ESEF, aunque estos pueden realizarse de forma voluntaria, siempre y cuando el estado miembro suministre una taxonomía.

Contenido:

  • Aplicación del ESEF en la Unión Europea
  • Condiciones normativas y criterios
  • Fundamentos tecnológicos del nuevo formato de informes
  • Uso de la taxonomía
  • Conclusión y panorama